Expertos consideran que la mejor forma de utilizar el aguinaldo es pagar las deudas, sobre todo de las tarjetas de crédito.
La economista y académica de la Facultad de Economía de la UNAM, Patricia Rodríguez López, propone que 30 por ciento se destine a saldar compromisos de pago lo más pronto posible, a fin de evitar generar intereses. La inflación y las tasas de interés todavía no tienen un techo y pueden estar subiendo más.
También sugirió que otra manera de darle un buen uso a este ingreso extra, es evitar las compras a meses sin intereses que se promocionan durante esta temporada decembrina, aunque las ofertas parezcan atractivas.
Numerosas personas lo gastan principalmente en regalos, “en tratar de quedar bien o comprarle cosas a los niños; en juguetes que muchas veces no acaba siendo productivo y la satisfacción les dura poco”, explicó la especialista.
¿Dan aguinaldo en otros países?
México es uno de los países que otorga de manera obligatoria esta prestación, pero no en todas las naciones sucede lo mismo.
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En Estados Unidos no existe una ley o regulación al respecto, pero se entregan bonos en especie a sus empleados: vales de gasolina, comida, botellas de vino, tarjetas de regalo o boletos de avión.
En China, se otorga un mes de sueldo, que se paga en febrero, en el Año Nuevo Chino. Mientras que en nuestro país el monto es proporcional y varía de acuerdo con el contrato de cada trabajador y el tiempo de laborar.
¿Qué dice la ley sobre el aguinaldo?
En México el aguinaldo se estableció como una prestación -obligatoria- en la Ley Federal del Trabajo, en 1970. Con anterioridad, algunos patrones voluntariamente otorgaban cierta cantidad de dinero a sus empleados en diciembre con motivo de la Navidad.
Con base en el Artículo 87 de la referida Ley, se debe recibir antes del 20 de diciembre. Es la retribución más esperada del año para buena parte de las familias mexicanas; es como el Santa Claus de las y los trabajadores, que así como viene, se va.
El aguinaldo debe ser, por lo menos, equivalente a 15 días de salario. Quienes no hayan cumplido un año de servicio podrán recibir la parte proporcional de lo que se estipula en su contrato; si renuncia antes de que se otorgue, recibirá la parte proporcional.
Para aquellos que aún no han cumplido un año, se calcula al dividir el pago quincenal entre los 365 días del año, el resultado se multiplica por los días laborados.
Si el salario es variable, se promedia el ingreso de los últimos 30 días efectivamente trabajados.
Con información de DGCS UNAM
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