Durante la actualización de la NOM-51, publicada en el Diario Oficial de la Federación, se decretó que las marcas tendrán 5 años para eliminar de sus empaques a los personajes infantiles. Dicha medida incluye alimentos y bebidas no alcohólicas.
Además, el señalamiento es directamente para aquellos productos que presenten uno o más sellos de: altos niveles de azúcar, edulcorantes y grasas saturadas. Si presentan los requerimientos anteriores, sus etiquetas no podrán mostrar: Animaciones, celebridades, deportistas, dibujos animados, mascotas y/o personajes infantiles.
“… Personajes infantiles, animaciones, dibujos animados, celebridades, deportistas o mascotas, elementos interactivos, tales como, juegos visual – espaciales o descargas digitales, que, estando dirigidos a niños, inciten, promueven o fomenten el consumo, compra o elección de productos con exceso de nutrimentos críticos o con edulcorantes, y hacer referencia en la etiqueta a elementos ajenos al mismo.”, dicta la norma.
Cabe destacar que dicha medida entrará en vigor el 1º de abril del 2021. Sin embargo, la eliminación de dichos personajes consistirá en 3 fases que durarán 5 años. La medida fue pensada para crear conciencia entre el consumo de alimentos de la población.
Primera fase: Comprende del 1º de octubre del 2020 al 30 de septiembre del 2023.
Segunda fase: Abarca del 1º de octubre de 2023 al 30 de septiembre de 2025.
Tercera fase: El 1º de octubre de 2025, todos los productos deberán especificar en la parte de enfrente la información nutrimental.
Marcas deberán eliminar personajes infantiles de sus empaques
Los nuevos empaques que adquirirán los consumidores, traerán en la parte de enfrente unos los niveles de azúcares, grasas y edulcorantes. Esto con el fin de que la población vea de manera rápida lo que estará consumiendo.
“La verificación y vigilancia de la presente Norma Oficial Mexicana se llevará a cabo por la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco), la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) y las dependencias competentes, en el ámbito de sus respectivas competencias, de acuerdo con la Ley Federal de Protección al Consumidor, la Ley General de Salud, la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y demás ordenamientos jurídicos aplicables”, añade la Norma.
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Con información de Milenio.
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